En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado en fecha 20 de mayo del 2013 por el abogado Simón Bravo, en su condición de apoderado judicial de REVESTIVENSA S.A. contra la sentencia dictada fecha 01 de agosto del 2012 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida en todas sus partes quedando vigente y con plenos efectos la providencia administrativa Nro. 1430 dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara "sede Pedro Pascual Abarcas" en fecha 23 de noviembre de 2010, contenida en el expediente Nº 078-2010-01-000667 a través de la cual se declaro con lugar el reenganche y pago de salarios caídos intentado por el .....