En virtud de lo precedentemente establecido, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en fecha 19 de marzo de 2010 contra la sentencia dictada en fecha 16.03.2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Se MODIFICA la Sentencia recurrida en los términos arriba establecidos. En consecuencia, se ordena al Juzgado de Sustanciación, emitir pronunciamiento en relación al convenimiento efectuado por las partes.