En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado en fecha 14 de mayo del 2012 por el abogado Francesco Civiletto, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil C.A. CENTRAL LA PASTORA contra la sentencia dictada fecha 08 de mayo del 2012 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida en todas sus partes quedando vigente y con plenos efectos la providencia administrativa Nº 00379, que cursa en el expediente Nº 013-2009-01-00003, de fecha 28/04/2.011, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara "Pedro Pascual Abarca", mediante la cual se declara Con Lugar el reenganche y pago de salarios caídos inten.....