En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el presente RECURSO DE HECHO intentado por el ciudadano FRANKLIN AMARO, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 32.784 y de este domicilio, actuando en su propio nombre, contra del auto de fecha 07 de febrero de 2008 dictado por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA COORDINACION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, que niega la apelación interpuesta.
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y regístrese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción.....