En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA la transacción celebrada entre el abogado Hector Chirinos apoderado de la parte actora ciudadano: FRANCISCO JAVIER MORENO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.438.506 y el abogado en ejercicio Helmond Suarez Crespo apoderado judicial de la parte demandada ciudadano: FAUSTO SANTIAGO IZCARAY YEPEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.434.722 domiciliado en Barquisimeto, Estado Lara.