En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, decide:
PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto, se confirma el fallo recurrido.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con lo establecido en los Artículos 274 y 276 del Código de Procedimiento Civil.