DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No.10 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la entrega del vehículo antes identificado en DEPOSITO, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: MAXIMO GONZALEZ ROJAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.720.806. Domiciliado en la Carrera 25 entre Calles 40 y 41, Casa Nº 40-56, Barquisimeto, Estado Lara. Segundo: Oficiar al Estacionamiento Inversiones Cupertina Meléndez de Carora, Estado Lara, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del Vehículo CLASE: CAMION; TIPO: CHUTO; MARCA: MACK, MODELO: 1987, AÑO: 1987, COLOR: AZUL Y BLANCO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: 2M1N275Y6HC003030, SERIAL DE MOTOR: 7F0472; PLACA: 784XHL, en DEPOSITO. Con la advertencia que no puede realizar ningún acto de comercio con el vehículo y el mismo debe ser puesto a la orden del Tribunal al momento que este.....