DISPOSITIVA
Por las razones supra indicadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara Extensión Carora, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONFIERE DECRETA:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de MO WEIHONG, titular de la cédula de identidad, E-84.442.275 soltero, hijo de Mo Jin Pu y Chu Dong Hao, grado instrucción 6to grado, profesión Comerciante, residenciado en Avenida 8, entre Calle 13 y 14 Nº 43, Sector Centro, Valera Estado Trujillo, Teléfono: 0414-371-38-01; de conformidad con en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el art. 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal y ord. 7º del art. 48 ejusdem por el delito de Uso de Documento Falso, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación.
SEGUNDO: Notifíquese a MO WEIHONG, t.....