Por todas las razones de hecho y de derecho ya expuestas, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley PRIMERO: Como consecuencia del cumplimiento de lo establecido en el artículo 45 y 48 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal Se Decreta EL SOBRESEIMIENTO de la Causa, a favor de la ciudadana MARY JOSEFINA MONTAÑÉZ Ferrer C.I N° 14.750.901, venezolana, de 27 años de edad, de profesión u oficio comerciante, fecha de nacimiento 03-03-1980, domiciliada en al Urbanización la Carucieña, Sector 2, vereda 83, casa Nº 83. Barquisimeto-Estado Lara, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. La presente decisión se fundamentará por auto separado. Quedan los presentes debidamente notificados. Remítase las presentes actuaciones al Archivo Judicial en su oportunidad legal correspondien.....