En consecuencia, y por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: SIN LUGAR la presente demanda por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL, intentada por la ciudadana ANA MARY REINOSO DE PINEDA, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-16.799.752, contra las ciudadanas ZONIA DEL ACARMEN PARRA SEQUERA, NORELIS BEATRIS PARRA SEQUERA, ROSA ELVIRA PARRA SEQUERA y SULIMAR ELENA PARRA SEQUERA, Venezolanas, Mayores de edad, Titulares de las Cedulas de Identidad N° V-7.430.688, V- 7.430.691, V- 10.843.578 y V-13.036.524 respectivamente. En consecuencia se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida en la presente causa, de conformidad a lo establecido en el artículo 274 del Código d.....