DISPOSITIVA.
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la Ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se DECLARA, la Falta de Capacidad de Postulación de la ciudadana WENDY GUEDEZ BAREFIELD, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.019.671, quien ha actuado en el presente juicio como apoderada del ciudadano: FRANCISCO GUEDEZ CORTEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.264.194.
SEGUNDO: Se DECLARA, la Nulidad de las actuacion.....