Vista la solicitud que procede suscrita por los ciudadanos JUANA FRANCISCA PEROZO, JUAN DE LA ROSA MENDOZA, DILCIA COROMOTO MENDOZA PEROZO, ALFREDO JOSE MENDOZA PEROZO, NAYIBE NANCY MENDOZA PEROZA, ALEXIS ANTONIO MENDOZA PEROZO, EVERLIN DEL CARMEN MENDOZA PEROZO, BELKIS BEATRIZ MENDOZA PEROZO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-7.322.473; V-1.265.584; V-7.401.171; V-7.401.170; V-10.841.442; V-10.841.447; V-14.399.361; V-16.898.612, respectivamente y de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de TREINTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 35.000.000,00), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhec.....