DECISIÓN
Ante estas consideraciones este Tribunal Sexto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada con el Nº- 4716-99, en el presente proceso donde aparece como investigada la ciudadana CARO MARY CHAVEZ JUDITH, ampliamente identificada en autos, de conformidad con el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Por cuanto el hecho 0bjeto del proceso no se realizó o no puede atribuirse al imputado.
Notifíquese a las partes de la presente decisión y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara, una vez quede firme la misma. Cúmplase y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los días (24) del mes de Marzo del 2010. Años 199º de la Independencia y 151º de la Federación.