La ciudadana, CHIQUINQUIRA DEL ROSARIO TORRES, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.769.387, teléfono 0416-1243389de este domicilio, civilmente hábil, soltera, mayor de edad, presento escrito por ante este Tribunal y expuso: Que construyo a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio unas bienhechurías edificadas sobre un terreno ejido, el cual tiene una superficie de siete metros (7 mtrs) de frente por dieciocho metros (18 mtrs) de fondo para un total de ciento veintiséis metros cuadrados (126 mtrs2) aproximadamente. Ubicadas en: La comunidad 12 de Octubre, sector La viereña, calle 1 entre 6 y 7 casa N° 41, Jurisdicción de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren, del Estado Lara, dichas bienhechurías consiste en: Una casa con paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento y todos los servicios, cercada de bloque y tela, dividida en una (1) habitación, una (1) sala, un (1) baño. Alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Con la Sra. Esther.....