DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO SÉPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: ACUERDA Fijar un plazo de treinta (30) días continuos al Fiscal 9º del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para que presente un acto conclusivo en el presente asunto, seguido en contra de los Imputados JUNIOR JOSÉ VÁSQUEZ y LEANDRO ALFREDO CASTAÑEDA VÁSQUEZ, ampliamente identificados en actas, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 8 del Código Penal, el cual se vencerá en fecha 05-12-2009. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud interpuesta por la defensora pública y se AMPLIA EL LAPSO DE PRESENTACIONES del imputado LEANDRO ALFREDO CASTAÑEDA VÁSQUEZ, ampliamente identificado en actas, de cada quince (15) días a cada treinta (30) días, todo ello de conformidad .....