DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado de Control Nº 11, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley: ACUERDA al ciudadano JESUS ENRIQUE RODRIGUEZ ESCOBAR, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.944.238, la Suspensión Condicional del Proceso por el Lapso de 3 Meses, por el delito de USO DE FACSÍMILE, previsto y sancionado en el Art. 114 de la Ley para el Desarme y control de Armas y Municiones, debiendo cumplir con las siguientes condiciones:
- La de residir en un lugar determinado, razón por la cual no podrá cambiar de domicilio sin previa notificación al Tribunal.
- Permanecer en un trabajo estable.
- No verse involucrado en otro hecho delictivo.
- Realizar TRES (3) trabajos comunitarios, uno mensual, en el Consejo comunal de sector II DE ROBLE VIEJO, CARORA, Estado Lara, que no obstruya su jornada laboral, pudiendo ser fines de semanas; y se le solicita informe del cumplimiento mensual.
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