en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: RECONOCIDO el instrumento por el cual la ciudadana: ROSA VIRGINIA PÉREZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.880.359, firma Contrato de Arrendamiento con el ciudadano: YBRAIN OTILIO RODRÍGUEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.594.011, de este domicilio, sobre un inmueble de su propiedad, signado con el N° 40-90, ubicado en la Calle 41 con Carrera 31 del Municipio Iribarren del Estado Lara, ante las autoridades del SUNNDE, así como la notificación que se le hiciera el día 10 de Enero de 2020, indicándole la no renovación del contrato, tal como quedo establecido en la Clausula Primera del contrato mencionado, con fundamento en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demanda por.....