DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ya asumida su COMPETENCIA; declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano MARTÍN EMILIO MARTINEZ, venezolano,
mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.009.161, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JACOBO RAMON GUEVARA , inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 20.742 contra los futuros agravios que pudiera crear la ASOCIACION COOPERATIVA 1243, RL, en Barquisimeto.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los veinte (20) días del mes de abril de dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 153° de la Feder.....