este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa del ordinal 1° del artículo 346 del código de Procedimiento Civil, propuesta por la parte demandada ciudadano JOSE JESUS GUEVARA, debidamente asistido por el abogado Alberto Guevara Lugo, en la pretensión por Desalojo de Local Comercial, intentada en su contra por el abogado Américo Castillo Hernández, actuando en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos: NORA RAMONA PEREIRA MAVARE, LIVIA JOSEFINA PERERIRA MAVARE, ORLANDO FERMIN PERERIRA MAVARE, MARBELLA FIDELINA PEREIRA DE VILLEGAS, y asumiendo la representación sin poder de los ciudadanos RAUL ANTONIO PEREIRA MAVARE y RAMON JOSE PEREIRA MAVARE, todos respectivamente identificados.
SEGUNDO: SE DECLARA INCOMPETENTE este Tribunal para decidir al .....