En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE, la acción que por PETICION DE HERENCIA , incoado por la ciudadano RAFAEL EDUARDO LOPEZ AGUILAR, Venezolana, Titular de la cedula de Identidad N° V-17.378.575 y de este domicilio, contra el ciudadano LUIS ALBERTO FLORES SILVA, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° V-16.531.439. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los Diecinueve (19) días del mes de Diciembre del Año Dos Mil Veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación. Sentencia .....