En mérito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el los artículos 250, 251 parágrafo primero y 252 del Código Orgánico Procesal, DECLARA PROCEDENTE la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado ORLANDO RAFAEL DE LA ROSA SOLANO, idenficado supra, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 con las agravantes del articulo 6 ordinales 1, 2, 3 y 4 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos; USO DE ASOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 264 de la LOPNA, ordenándose la tramitación de la causa por las vías del procedimiento penal Ordinario.
Téngase a las partes por notificadas.