DECLARA FIRME, el Decreto Intimatorio de fecha 06 de agosto de 2007, por lo que, en atención a lo definido en los artículos 647 y 651 del Código de Procedimiento Civil, ordena la Ejecución forzosa del mismo y se Dicta Medida de Embargo, por la cantidad de Un Millón Cuatrocientos Mil Bolívares (Bs.1.400.000,oo), si recae en dinero efectivo, y al doble es decir la cantidad de Dos Millones Ochocientos Mil Bolívares (Bs. 2.800.000,oo) si recae sobre bienes muebles, derechos, acciones y bienes inmuebles propiedad del demandado ciudadano William Antonio Riera, por concepto de obligaciones alimentarias adeudadas, en tal virtud, se ordena librar el correspondiente Mandamiento de Ejecución, ordenando para ello la apertura de un cuaderno de Medidas el cual deberá ser remitido al Juzgado Ejecutor de Medidas de Municipio Iribarren.