DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abg. Jaime Rodríguez Carrasco, en su condición de Defensor Publico Penal del ciudadano HERMAN AGÜERO, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 3 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 24/09/2013 y Fundamentada en Fecha 30/09/2013, mediante el cual le decreto la Medida Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano HERMAN AGÜERO, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE DROGA EN MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en los artículos 149 en su segundo aparte de la Ley de Droga, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado 218 del Código Penal, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado 112 del Cód.....