declara: JUDICIALMENTE RECONOCIDO, el instrumento privado inserto al folio 02 de la presente causa, referido a contrato de compra venta, celebrado entre los ciudadanos: ETANISLAO ARCADIO SOTO ALEJO, venezolano, mayor de edad, soltero, con cédula de identidad Nº V- 16.060.630 y JOSE ANTERO LEON MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.435.245 sobre una casa, ubicado en el Callejón vecinal que parte de la Alcabala vieja palo verde, sector Alcabala Vieja, Parroquia Pio Tamayo Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Lara