En consecuencia, en base de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA DE OFICIO la sentencia dictada por la Juez Unipersonal Nro. 01 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 18 de junio de 2009, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 488-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia ANULA el mencionado fallo, así como las actuaciones procesales realizadas a partir del auto de admisión, exclusive, y REPONE la causa al estado en que el juez Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con sede en Barquisimeto que resulte competente, ordene la citación de los codemandados SARA BETZABETH FERNANDEZ y el niño (Identidad omitida Art. 65 LOPN.....