DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la Ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de fondo opuesta por el apoderado actor de la parte demandada, referida a la Falta de Cualidad Activa.
SEGUNDO: SIN LUGAR la presente demanda por motivo de COBRO DE BOLÍVARES (GASTOS COMUNES DE CONDOMINIO), intentada por la ciudadana LORAINE MARIA BRIZUELA YÉPEZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.400.473, de este domicilio, actuando con el carácter de apoder.....