Este Tribunal Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y Por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente causa, por DESALOJO DE INMUEBLE intentada por la ciudadana GLORIA ELENA ROMERO DE GIMENEZ, VICENTE ROMERO GIMENEZ y REINA ROMERO DE VELASCO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.413.842; V-3.758.877 y V-3.758.876, respectivamente, a través de su Apoderado Judicial Abg. VICTOR CARIDAD, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 20.068 contra el ciudadano WILLIAN VALENZUELA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.391.452. Se ordena el archivo del expediente.