Este Tribunal de Control No 7, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: Primero: Hacer la entrega del vehículo: Clase Automóvil, Marca Chevrolet, Modelo Corsa, Color Marrón, Tipo Sedán, Placas JAK-96R - KAH-26N, Serial de Carrocería 8Z1SC2166WV302481 (Falso), Serial Motor 6WV302481, a la ciudadana TANIA VIOLETA GONZALEZ BARRAGAN, titular de la cédula de identidad N° 7.398.272, Residenciada, Conjunto Residencial Poblado San Diego, Edificio 27, N° 27-42 San Diego Estado Carabobo, en calidad de deposito, debiendo presentar el vehículo cada vez que lo requiera el Tribunal, así mismo no podrá vender, traspasar, ni realizar ningún tipo de transacción, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se acuerda la devolución de los documentos originales. Tercero: Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público del Estado Lara. Notifíquese a las part.....