Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la tacha de los Instrumentos Cambiarios consignados en el asunto distinguido con el alfanumérico KP02-M-2005-284 por parte de la abogada MARIA ALEJANDRA ROMERO ROJAS, en su condición de asistente del ciudadano GEORGES BEILOUNE, distinguidos con las letras “A”, “B” y “C” distinguidas 3-24, 4-24 y 5-24 por un monto de Bs.12.760.000,oo, cada una de ellas, la primera y la última emitidas el 03-01-2005 y la segunda el 05-01-2005; con fechas de vencimiento los días 05-04-2005; 05-05-2005 y 05-06-2005, respectivamente, en la causa que por Cobro de Bolívares a través del procedimiento especial por intimación ha intentado el último de los nombrados en contra del ciudadano MANUEL AUGUSTO DOS SANTOS DIOGO,.....