DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos expuestos este Tribunal de Juicio Nº 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, PRIMERO: ADMITE totalmente la Acusación Fiscal presentada en contra del ciudadano EDGAR ALEXANDER ALVARADO GONZALEZ, por el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 en el último aparte del Código Penal y HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, así como las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por ser necesarias, lícitas y pertinentes. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano: EDGAR ALEXANDER ALVARADO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.094.606 (no porta), venezolano, nacido el 10.09.77 de 30 años de edad, buhonero, hijo de José Francisco Alvarado y Paula María de Alvarado, residenciado en el Barrio El Triunfo, carrera 11 .....