En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERENCION DE LA INSTANCIA, por cuanto que, este Tribunal este Tribunal acordó agregar a autos la publicación del edicto de dicha solicitud de declaración de únicos universales herederos, publicado en la prensa regional el día veintiséis (26) de febrero del año en curso, vencido como se encuentra el lapso, sin que se evacuaran los testigos, en consecuencia, se declara la perención de la solicitud de Declaración de Únicos Universales Herederos, presentada por la ciudadana ZOILA MARGARITA TORIN, venezolana, mayor de edad, titular de la C.I N° 14.030.798.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.lara.scc.org.ve, déjese copia de la presente decisión y No.....