En este estado, hizo acto de presencia al ciudadano Jorge Luis Rojas Rancel títular de la cedula de identidad Nº 4.376.645, demandado en este acto, a quien se le notifico la misión del Tribunal. Seguidamente, la parte actora, expone: “Solicito al tribunal que suspenda la medida de embargo, es todo”. En este estado, este Juzgado Ejecutor de Medidas, Suspenda la medida de Embargo Preventivo a solicitud de la parte actora.