este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, por la competencia atribuida en el literal "a" del Parágrafo Primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de acuerdo a lo establecido en los artículos 8, 315, 385 y 387 ejusdem, homologa el acuerdo suscrito por los ciudadanos NELSON ENRIQUE PEREIRA PÉREZ y LOISMARRITH ROSAURIT ROJAS, plenamente identificados, y en consecuencia se fija el siguiente régimen de visitas a favor del niño Identidad omitida en concordancia con el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente:
"El padre podrá visitar a su hijo los fines de semana de manera intercalada, es decir, el padre compartirá desde el día viernes hasta el día domingo, por lo que deberá buscar al beneficiario de autos, el día viernes en el hogar materno después de las 3:30 de la tarde y lo rei.....