Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA por la materia, que fuera formulada por la abogada María Alejandra Romero Rojas, en su condición de juez provisoria del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, y declara la competencia de esta alzada para conocer y decidir la consulta obligatoria de ley, sobre la legalidad de la decisión dictada en fecha 2 de octubre de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante la cual declaró la interdicción provisional de la ciudadana Carmen Cristina Rivas, y en consecuencia designó como tutora interina a la ciudadana Carmen Yolanda Rivas de Sena, todos plenamente identificados.