UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dichas PARTIDAS DE NACIMIENTO, de los ciudadanos MIRNA JOSEFINA COLMENAREZ DE ZAMBRANO y JUAN JESUS COLMENAREZ LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.319.669 y V-7.361.263, respectivamente, ambos de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente el Apellido de casada de su madre como: "MARIA EUROLINA LEAL DE COLMENAREZ", así mismo se incluyan los nombres de su padre (fallecido), el cual era: "JUAN CRISTÓBAL", y de igual forma se asiente correctamente el apellido de su padre como: "COLMENAREZ".- En consecuencia, se ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la not.....