Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Nancy Del Carmen Colombo Morales, ya identificada, contra el ciudadano Marcial José Franco, ya identificado. En consecuencia, se fija el monto de la obligación alimentaria en la cantidad de doscientos cuarenta mil bolívares mensuales (Bs. 240.000,oo) a razón de ciento veinte mil bolívares quincenales (Bs. 120.000,oo), que viene a ser el 39,06% del salario mínimo, y en lo sucesivo dicho monto alimentario se incrementará automáticamente en ese porcentaje cada vez que haya un aumento en el salario mínimo, además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otro que sus hijos requieran. Asimismo se ordena la retención por el .....