DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en ejecución de sentencia, ordena a los jóvenes RESERVADO, plenamente identificado, a cumplir la medida de Privación de Libertad por el término de dos (02) años y Ocho (08) meses y JOSE ALBERTO SUAREZ, plenamente identificado, a cumplir la medida de Privación de Libertad por el término de dos (02) años, y la cual será cumplida en el Centro Socio Educativo Pablo Herrera Campins y finaliza para RESERVADO el 02 de mayo de 2010; y JOSE ALBERTO SUAREZ, finaliza el 01 de septiembre de 2009. Se Ordena al Equipo Técnico que asiste a esta Sección, la elaboración a los sancionados del plan individual de conformidad con lo establecido en el artículo 633 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el articulo 27 de las Reglas de Beijing.
Se acuerda notificar al Fiscal 24 del Ministerio Público, a.....