Este Juzgado Segundo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Primero: CON LUGAR la cuestión previa opuesta, establecida en el artículo 346 ordinal, 4º del Código de Procedimiento Civil, interpuesta por el abogado GUSTAVO ADOLFO PEÑALVER MELENDEZ, quien fue citado en Representación Judicial de la parte demandada, en la Juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS, incoado por el ciudadano PEDRO JOSE BOLIVAR FERNANDEZ, contra la Entidad Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A; ( B.O.D), todos antes identificados. Segundo: Se ordena, la Subsanación en el sentido que se cite a la Representación Judicial de la parte demandada, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente fallo, dentro de los cinco días de despachos siguientes a la presente, por mandato expreso del dispositivo contenido en el artíc.....