PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer la presente apelación de acción de Amparo Constitucional, interpuesto por los abogados JOSÉ ANTONIO ANZOLA CRESPO en su carácter de representante judicial de la parte querellada y EDILMAR ROSANNY MENDOZA CARRASCO, en su carácter de representante judicial de la parte querellante, contra la sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 25 de septiembre del 2025, en el expediente N°. KP02-O-2025-000112.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación de amparo constitucional interpuesta por el abogado JOSÉ ANTONIO ANZOLA CRESPO en su carácter de representante judicial de la parte querellada contra la sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 25 de septiembre del 2025, en el expediente N°. KP02-O-2025-000112.
TERCERO: CON LUGAR la apelación de amparo consti.....