PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado Hoberti de Jesús Pérez Montilla, inscrito en el I.P.S.A bajo el N 326.137; en su carácter de apoderado judicial de la solicitante del justificativo de perpetua memoria de autos, ciudadana CARELIS BEATRIZ BRICEÑO, titular de la Cédula de identidad número V-18.332.374, contra la decisión de fecha 14 de mayo del año en curso, dictada por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de ésta Circunscripción Judicial en la cual decidió: "...este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos intentada por la ciudadana CARELIS BEATRIZ BRICEÑO ya identificada.
En virtud de la naturaleza de la presente decisión no hay condenat.....