por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la presente solicitud de título supletorio intentada por la ciudadana FLOR DE MARIA MONTERO ROJAS y YENNY URBANA CASTRO, actuando en representación del ciudadanos ANGELA NELLY ROJAS APONTE, JORGE LUIS ROJAS YEPEZ, JESUS ENRIQUE ROJAS YEPEZ, GILBERT JOSE ROJAS YEPEZ, PEDRO RAFAEL ROJAS YEPEZ, PEDRO RAFAEL ROJAS APONTE, ALI JOSE ROJAS APONTE, OLGA ROSA ROJAS DE MONTERO, LUCINDA MARIELA MONTERO ROJAS, FRANCISCO ANTONIO MONTERO, ROJAYENNY URBANA CASTRO, debidamente asistidas por la Abogada GREISY PASTORA DE LA TORRE, por carecer quien los represente de la cualidad de abogado en ejercicio.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de lo aquí decidido.
Publíquese y regístrese e incluso en la .....