En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ANGEL ANTONIO MENDEZ MOLLEJA, venezolano , mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 17.227.283. Contra. CERVECERIA RESTAURANT NIGHT CLUB LA GUACAMAYA C.A.
SEGUNDO: Se ordena a la empresa CERVECERIA RESTAURANT NIGHT CLUB LA GUACAMAYA C.A.. cancelar , la suma de DIEZ MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTE Y TRES con 37 céntimos (Bs 10.157.523,37), correspondientes a los conceptos reclamados. Más la corrección monetaria y los intereses moratorios de los conceptos reclamados, calculados bajo los siguientes parámetros, conforme al criterio jurisprudencial emanado del Tribunal Supremo de Justicia, .....