DECISION
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE TRIBUNAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES, EN FUNCIONES DE CONTROL N° 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,DECIDE: PRIMERO: Una vez escuchada las partes y verificado el contenido del presente asunto, así como la constancia de Trabajo consignada y la constancia medica que indica el estado de gravidez de riesgo que presenta la adolescente, este Tribunal decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el art. 568 de la LOPPNA, en concordancia con el art. 300, numeral 3º del COPP. La presente decisión será fundamentada y publicada dentro del lapso de 3 días, quedando las partes notificadas de la presente decisión.