Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, ESTE TRIBUNAL MILITAR SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL CON SEDE EN CARACAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, oídos como han sido la exposición de la Fiscal Militar, la declaración de los imputados y los alegatos de la Defensa. DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los ciudadanos imputados VELEZ SÁNCHEZ CARLOS MICHAELL, titular de la cédula de identidad N° V- 22.016.342, y AVILEZ CARRILLO JOSÉ JAVIER titular de la cédula de identidad N° V- 16.936.027, presuntamente incursos en la comisión de los de los delitos militares de TRAICIÓN A LA PATRIA, previsto en el artículo 464, ordinal 25º y sancionado en el artículo 465; REBELIÓN, previsto en los artículos 476 ordinal 1º y 486 ordinal 4º, y sancionado en el artículo 479; y SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, Previsto y sancionad.....