DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados MARÍA ELENA MARCANO GONZÁLEZ y JOSÉ GREGORIO MARTÍNEZ D`LUCAS, en su carácter de defensores privados, contra la decisión dictada en audiencia de presentación en fecha 22 de febrero de 2016 y publicada el fecha 26 de febrero de 2016, mediante la cual admitió parciamente los elementos probatorios ofrecidos por la representación fiscal, en contra el Coronel ALEX EVENCIO MARTÍNEZ GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.461.290, por encontrarse incurso en la presunta comisión de los delitos militares de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 ordinal 3°, CONTRA EL DECORO MILITAR previsto y sancionado en el artículo 565 y LESIONES ENTRE MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 576 ordinal 3º, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida.