Se declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la ciudadana MARILUZ ROJAS, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, y SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana EMILIA SALAZAR, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada recurrente, ambos contra de la sentencia de fecha 20-11-2008, dictada por el Tribunal Décimo (10º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.