Este Tribunal Militar Primero de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, oída como ha sido la solicitud fiscal de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra del ciudadano: S/2DO. OMAR ALEJANDRO SILVA, Titular de la cedula de identidad Nº V- 20.094.722, quien se encuentra presuntamente incursa en el delito militar de DESERCION, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 1°y 2º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud fiscal de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por cuanto no están dados los extremos de los artículos 236 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud realizada por la Defensa Pública Militar relacionada con el otorgamiento de una medida cautelar sustitutiva de libertad de las contenidas en el artículo 242 numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal referidas a Primero: Presentación periódica cada Treinta (30.....