DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Juicio Nº 1 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: Primero: Hacer la ENTREGA PLENA del vehículo antes identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano Roberto Gerardo Inojosa Klemm, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.849.223. Segundo: Oficiar al Estacionamiento EL CORRALON, que por decisión de esta misma fecha se acordó la ENTREGA PLENA del vehículo MARCA: TOYOTA, MODELO: LAND CRUISER, CLASE: RUSTICO, TIPO: TECHO DURO, USO: PARTICULAR, COLOR: PLATA, PLACAS: NO PORTA, AÑO: 2001., al ciudadano Roberto Gerardo Inojosa Klemm, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.849.223. Asimismo, se ordena la devolución de los documentos originales, dejando en su lugar copias certificadas, así se decide. Notifíquese a las Partes. Líbrese oficios respectivos. Regístrese. Cúmplase.
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