Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, de conformidad con el artículo 26 Constitucional; 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el acápite Segundo del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA DE PROTECCIÓN A LOS CULTIVOS a favor del ciudadano ANGEL ARMANDO GUERRERO RIOS, antes identificado, en un lote de terreno de DIEZ HECTÁREAS (10 ha), el cual se encuentra ubicado en el Sector Yaguapa, Carretera Nacional Caucagua-Higuerote, Parroquia Caucagua, Municipio Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda, POR UN LAPSO DE UN (1) AÑO, contado a partir de la fecha en que conste en autos la notificación de la parte agraviante.
SEGUNDO: Como medida complementaria se ordena a todas las autoridades civiles y militares garantiza.....