DISPOSITIVA.
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. MARIA MAGDALENA RIOS PARRA, en su condición de Defensa Privada del ciudadano HOGGER GLETERMAN JIMENEZ, titular de la cedula de identidad Nº 25.546.346, contra la decisión proferida en fecha 22 de Abril de 2015 y fundamentada en fecha 18 de Mayo de 2015, mediante la cual el Tribunal Penal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, CONDENA a cumplir al ciudadano HOGGER GLETERMAN JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad N° 25.546.346, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE FRUSTRACION, PREVISTO Y SANCI.....